La transmisión del dominio en el legado de cosa cierta (Sostengo que hay que estar a lo que dice el artículo 3766 del Código Civil Su vigencia y justificación)
Descripción: Nº 4-1960, p. 51-81Tema(s): En: Revista del Colegio de Abogados de La PlataNo hay ítems correspondientes a este registro
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