Nota de contenido/Índice |
Indice<br/><br/>Presentación, por el Dr. Luis Armando Rodríguez<br/><br/>Parte primera: Nociones generales<br/><br/>Capítulo I: Noción, naturaleza, características, importancia, objeto y fin del derecho procesal<br/>1. Noción y razón de ser del derecho procesal<br/>2. Naturaleza y características del derecho procesal y de las normas procesales<br/>3. Definición del derecho procesal<br/>4. Importancia del derecho procesal<br/>5. Objeto y fin del derecho procesal<br/>6. Unidad del derecho procesal y sus diversas ramas<br/>7. Derechos, facultades, obligaciones, deberes y cargas procesales<br/>8. Fuentes del derecho procesal. Manera de llenar los vacíos de los códigos de procedimiento<br/><br/>Capítulo II: Historia de los sistemas procesales y del derecho procesal<br/>9. Nacimiento del derecho procesal<br/>10. Historia del derecho procesal<br/>a) Período exegético o de los procedimentalistas<br/>b) Período del verdadero derecho procesal y de la escuela científica<br/>I) La escuela alemana<br/>II) La escuela italiana<br/>III) España<br/>IV) Iberoamérica<br/><br/>Capítulo III: Principios fundamentales del derecho procesal y del procedimiento<br/>11. Principios fundamentales del derecho procesal<br/>a) Principio de interés público o general en el proceso<br/>b) Carácter exclusivo y obligatorio de la función jurisdiccional del Estado<br/>c) Independencia de la autoridad judicial<br/>d) Imparcialidad rigurosa de los funcionarios judiciales<br/>e) Igualdad de las partes ante la ley procesal y en el proceso<br/>f) Necesidad de oír a la persona contra la cual va a surtirse la decisión y la garantía del derecho de defensa<br/>g) Publicidad del proceso<br/>h) Obligatoriedad de los procedimientos establecidos en la ley<br/>i) El principio de que las sentencias no crean, sino declaran derechos<br/>j) El principio de la verdad procesal<br/>k) El principio de la cosa juzgada<br/>12. Principios fundamentales del procedimiento<br/>a) El principio dispositivo o inquisitivo<br/>b) Principio de la valoración de la prueba por el juez, de acuerdo con las reglas de la sana crítica<br/>c) El principio de impulsión oficiosa del proceso<br/>d) Principio de la economía procesal (menor trabajo y justicia más barata y rápida)<br/>e) El principio de concentración del proceso<br/>f) El principio de la eventualidad, también llamado de la preclusión<br/>g) El principio de la inmediación<br/>h) El principio de la oralidad o de la escritura<br/>i) El principio del interés para intervenir en los procesos<br/>j) Principios del interés para pedir o contradecir una sentencia de fondo y de la legitimación en la causa<br/>k) Principios de la buena fe y la lealtad procesal<br/>l) Principio de la impugnación<br/>m) Principios de las dos instancias<br/>n) Principio de la motivación de las sentencias<br/>ñ) Principio de la carga de la prueba, que en lo penal se sustituye en parte por el de in dubio pro reo<br/>o) Principio de la congruencia<br/>p) Principio de la humanización de la justicia judicial<br/>13. Otros principios fundamentales del proceso penal<br/>a) Principio de la función preventiva de defensa social del proceso penal<br/>b) Principio del favor rei o de la favorabilidad<br/>c) El principio de que al procesado se le debe considerar inocente, mientras no se le pruebe lo contrario<br/>d) Principio que rechaza la absolución con advertencia de que se produce por insuficiencia de pruebas de la responsabilidad<br/>e) Principio del juzgamiento por los jueces naturales<br/>f) Principio del derecho del imputado a su libertad provisional<br/>g) Principio de la existencia de un ministerio público imparcial, distinto de los funcionarios de instrucción, acusación y juzgamiento<br/><br/>Capítulo IV: La ley procesal y su vigencia en el tiempo y el espacio<br/>14. Qué se entiende por ley procesal<br/>15. La ley procesal en el tiempo<br/>16. La ley procesal en el espacio<br/><br/>Capítulo V: Función judicial<br/>17. Característica de la función judicial<br/>18. Cómo se realiza la función judicial<br/>19. Importancia de la función del juez en la vida del derecho<br/>20. Interpretación de la ley procesal<br/><br/>Capítulo VI: La jurisdicción<br/>21. Qué se entiende por jurisdicción y cuál es su fin<br/>22. Características y elementos de la jurisdicción<br/>23. Definición<br/>24. Naturaleza. La jurisdicción como derecho subjetivo público y como obligación del Estado<br/>25. Poderes que emanan de la jurisdicción<br/>a) Poder de decisión<br/>b) Poder de coerción<br/>c) Poder de documentación o investigación<br/>d) Poder de ejecución<br/>26. Unidad de jurisdicción y su clasificación<br/>27. Jurisdicción voluntaria y contenciosa. Diversas doctrinas<br/>a) Jurisdicción contenciosa<br/>b) Jurisdicción voluntaria<br/>28. Jurisdicción ordinaria o común y jurisdicciones especiales<br/>29. Jurisdicción civil<br/>30. Jurisdicción penal. Diferencias con la civil<br/>31. Jurisdicción laboral<br/>32. Jurisdicción contencioso administrativa<br/>33. Jurisdicción aduanera<br/>34. Jurisdicción eclesiástica<br/>35. Jurisdicción penal militar o fuero castrense<br/>36. Jurisdicción coactiva o fiscal<br/>37. Jurisdicción disciplinaria<br/>38. Jurisdicción constitucional<br/>39. Extensión de la jurisdicción<br/>40. Adquisición de la jurisdicción por los jueces y falta absoluta de ella<br/>42. Suspensión de la jurisdicción<br/>43. Usurpación de jurisdicción<br/>44. Delegación de jurisdicción<br/>45. Una supuesta derogación de jurisdicción<br/>46. Conflictos de jurisdicciones<br/><br/>Capítulo VII: Funciones administrativa y legislativa y diferencias con la función jurisdiccional<br/>47. Función jurisdiccional y función administrativa<br/>48. Función judicial y función legislativa<br/><br/>Capítulo VIII: Organización de la función jurisdiccional<br/>49. Justicia y jueces<br/>50. Jueces y órgano jurisdiccional<br/>51. Principios fundamentales de la organización judicial<br/>a) Independencia de los funcionarios judiciales<br/>b) Imparcialidad de jueces y magistrados<br/>c) Permanencia de los órganos de la jurisdicción<br/>d) La organización judicial debe abarcar el territorio nacional y estar al alcance de todos<br/>e) Debe existir suficiente número de funcionarios<br/>f) Distribución del territorio nacional en diversas circunscripciones, con jueces separados para cada una<br/>g) Pluralidad jerárquica de los funcionarios<br/>h) Jerarquía de los oficios o despachos judiciales<br/>i) La distinta composición de los oficios o despachos<br/>j) Un sistema de selección, nombramiento y ascensos de los funcionarios que garantice su independencia, su imparcialidad y su capacidad jurídica y moral<br/>k) Un sistema legal del procedimiento judicial que permita a los funcionarios el desempeño de su misión a la altura de sus capacidades y de su voluntad de trabajo<br/>l) Separación de las distintas ramas de la jurisdicción<br/>m) Existencia de un ministerio público paralelo a la organización judicial<br/>52. Selección, nombramientos y ascensos de los funcionarios judiciales<br/>53. La carrera judicial<br/>54. Clasificación de los órganos, despachos u oficios judiciales<br/>I) Desde el punto de vista de sus funciones<br/>II) Desde el punto de vista de su composición y formación<br/>55. Incompatibilidades en el nombramiento de los cargos judiciales e impedimentos<br/><br/>Capítulo IX: La competencia y factores para su distribución entre los diversos despachos<br/>56. Jurisdicción y competencia<br/>57. Factores para la determinación de la competencia externa<br/>58. La perpetuatio jurisdictionis<br/>59. Competencia absoluta o improrrogable y relativa o prorrogable<br/>60. La prórroga convencional previa al proceso. El lugar donde debe cumplirse la obligación<br/>61. Competencia privativa y preventiva o concurrente<br/>62. Competencia externa y competencia interna. Reparto<br/>63. Competencia legal y competencia por delegación. La comisión<br/>64. Pérdida y suspensión de la competencia<br/>65. Noción del fuero o foro. Diversas clases de fueros<br/>66. La analogía en materia de competencia<br/>67. Efectos procesales de la falta de competencia<br/>68. Cómo se determina en definitiva el despacho judicial competente para una demanda o una investigación o un proceso penal<br/><br/>Capítulo X: Del proceso<br/>69. Qué se entiende por proceso<br/>70. Estructura del proceso<br/>71. Objeto del proceso<br/>72. Fin del proceso<br/>73. Proceso y litigio<br/>74. Funciones del proceso civil, laboral y contencioso administrativo<br/>75. Funciones del proceso penal<br/>76. Clasificación de los procesos<br/>77. Procesos declarativos y dispositivos<br/>78. Proceso declarativo puro<br/>79. Proceso de condena o de prestación<br/>80. Proceso de declaración constitutiva<br/>81. Procesos mixtos<br/>82. Proceso declarativo genérico o de conocimiento y proceso de ejecución<br/>83. El proceso cautelar<br/>84. Proceso represivo y proceso preventivo<br/>85. Proceso singular y proceso colectivo<br/>86. Proceso contencioso y proceso de jurisdicción voluntaria<br/>87. Naturaleza jurídica del proceso. La relación jurídica procesal<br/>88. Acción y relación procesal. Cuándo surge ésta<br/><br/>Capítulo XI: De la acción<br/>89. Concepto general de acción y diversos significados<br/>90. La noción de acción en derecho procesal<br/>91. Teoría de la acción como elemento del derecho material subjetivo y como este derecho en movimiento<br/>92. Teorías de la acción como autónoma e independiente<br/>93. Teoría de la acción como facultad del derecho de la personalidad<br/>94. Teoría de la acción como derecho subjetivo público para obtener la tutela del Estado por sentencia favorable<br/>95. Teoría de la acción como derecho concreto, autónomo, potestativo y privado<br/>96. Teoría del derecho subjetivo procesal, abstracto y público, para el cumplimiento del proceso<br/>97. El desarrollo de la doctrina después de Carnelutti, los estudios de Ugo Rocco, Coulture y otros<br/>98. Nuestro concepto sobre la acción<br/>99. La acción en el proceso penal<br/>100. Elementos del derecho de acción y de la pretensión<br/>101. Clasificación correcta e incorrecta de las acciones<br/>a) Sentido material o sustancial incorrecto<br/>b) Clasificación procesal de las acciones<br/>102. Acciones de naturaleza mixta<br/>103. La mal llamada acumulación de acciones<br/>104. Tres verdaderos casos de acumulación de acciones en un mismo proceso: la demanda de reconvención, la acumulación de procesos y la intervención ad excludendum<br/>105. Extinción, caducidad y accidentes de la acción. El problema de su renuncia<br/>106. Cesión de las acciones y del derecho de contradicción y su transferencia por causa de muerte<br/><br/>Capítulo XII: El derecho de contradicción<br/>107. El derecho de contradicción<br/>108. Objeto y fin del derecho de contradicción<br/>109. Naturaleza del derecho de contradicción<br/>110. Sujetos del derecho de contradicción<br/>111.Diferencias entre derecho de contradicción, oposición y excepción<br/>112. Diversas maneras de ejercitar el derecho de contradicción<br/><br/>Capítulo XIII: De la pretensión<br/>113. Noción de pretensión<br/>114. Naturaleza jurídica de la pretensión<br/>a) En los procesos civiles, contencioso administrativos y laborales<br/>b) En el proceso penal<br/>115. Elementos de la pretensión: objeto y razón<br/>116. Fin de la pretensión<br/>117. Sujetos de la pretensión<br/>118. Requisitos o presupuestos de la pretensión<br/>119. Efectos de la pretensión<br/>120. La oposición a la pretensión<br/>121. Diversas clases de pretensiones<br/><br/>Capítulo XIV: La oposición a la pretensión. Las defensas del demandado e imputado<br/>122. Observaciones generales<br/>123. La noción de oposición y sus elementos<br/>124. Fin perseguido con la oposición, clases, requisitos y efectos<br/>125. e las defensas en general y sus distintas clases<br/>126. Resumen de nuestra opinión sobre la distinción entre derecho de contradicción, defensa y excepción<br/>127. Naturaleza jurídica de la excepción<br/>128. Definición de excepción y su prueba<br/>129. La excepción en el proceso penal<br/>130. Clasificación de las excepciones en la doctrina<br/>131. La reconvención y su diferencia con la excepción<br/><br/>Capítulo XV: El interés en la pretensión u oposición para la sentencia de fondo (también llamado interés para obrar)<br/>132. Importancia de esta materia e indecisión doctrinaria<br/>133. La noción del interés sustancial para pedir sentencia de fondo o mérito y diferencia con el interés para ejercitar la acción<br/>134. Sistematización de nuestro concepto<br/>a) ¿Qué significa este interés?<br/>b) No es el interés para accionar<br/>c) Tampoco es el interés para contradecir en general<br/>d) No es presupuesto procesal ni de la acción, sino sustancial de la sentencia de fondo<br/>e) No se confunde con la titularidad del derecho sustancial pretendido<br/>f) Es requisito de la sentencia de fondo o mérito<br/>g) Debe ser sustancial, subjetivo, concreto, serio y actual<br/>h) El interés para obrar en los terceros intervinientes<br/>i) Su falta no constituye una verdadera excepción, y debe ser declarada de oficio en la sentencia<br/>j) La sentencia inhibitoria que debe dictarse en caso de faltar no constituye cosa juzgada<br/>135. El interés sustancial en la causa en el proceso penal<br/>136. Definición<br/><br/>Capítulo XVI: La legitimatio ad causam o legitimación en la causa<br/>137. Importancia de la noción e indecisión en la doctrina<br/>138. Qué es la legitimatio ad causam o legitimación en la causa y sus características<br/>a) No se identifica con la titularidad del derecho sustancial<br/>b) No es condición de la acción sino del éxito de la pretensión<br/>c) En sentido estricto tampoco es requisito de la sentencia favorable, sino de la sentencia de fondo<br/>d) La sentencia inhibitoria no constituye cosa juzgada<br/>e) Es personal, subjetiva y concreta<br/>f) La legitimación no se cede ni se transmite<br/>g) Es presupuesto de la pretensión o de la oposición para la sentencia de fondo<br/>h) En qué momento debe existir y qué sucede cuando se altera en el curso del proceso<br/>i) Debe distinguirse la legitimatio ad causam de la legitimatio ad processum<br/>j) No tiene aplicación en los casos de acciones públicas para iniciar procesos civiles, laborales y contencioso administrativos y de inconstitucionalidad de leyes y decretos con fuerza de ley<br/>k) No se la debe confundir con el principio de la demanda ni con el principio del contradictorio<br/>l) Determina no sólo quiénes pueden obrar en el proceso con derecho a obtener sentencia de fondo, sino, además, quiénes deben estar presentes, para que sea posible esa decisión de fondo<br/>m) En qué consiste la legitimación en la causa<br/>n) Su adecuada denominación<br/>o) Distintas clases de legitimación en la causa<br/>p) Su falta debe aclararse de oficio en la sentencia<br/>q) Casos en que debe examinarse para la admisión de la demanda y en que su ausencia puede alegarse como excepción previa<br/>139. Diferencia entre legitimación en la causa y el interés sustancial para la sentencia de fondo (o interés sustancial para obrar). Ejemplos<br/>140. La legitimación en la causa en el proceso penal<br/>a) El sindicado o imputado<br/>b) El ministerio público<br/>c) El simpledenunciante<br/>d) El demandante como parte civil<br/>e) Conclusión<br/>141. efinición<br/>142. La sustitución procesal o legitimación extraordinaria<br/>143. La llamada personería sustantiva de las partes<br/><br/>Capítulo XVII: Presupuestos procesales y materiales o sustanciales<br/>144. Naturaleza de los presupuestos procesales<br/>145. Clasificación de los presupuestos procesales<br/>146. Presupuestos procesales de la acción<br/>147. Presupuestos procesales de la demanda, la denuncia o la querella<br/>148. Presupuestos procesales del procedimiento<br/>149. Control y declaración de los presupuestos procesales de oficio y efectos de su falta<br/>150. Presupuestos materiales o sustanciales de la sentencia de fondo y de la sentencia favorable y diferencia con los procesales<br/>151. Presupuestos materiales o sustanciales de la sentencia de fondo<br/>152. Presupuestos materiales o sustanciales de la sentencia favorable<br/>a) En los procesos civiles, laborales y contencioso administrativos<br/>b) En los procesos penales<br/>153. Algunas consecuencias de los errores en esta materia<br/><br/>Parte segunda: Sujetos de la relación jurídica procesal<br/><br/>Capítulo XVIII: Quiénes son sujetos de la relación jurídica procesal<br/>154. Concepto de sujetos de la relación jurídica procesal y del proceso<br/>155. Quiénes son tales sujetos<br/>156. Clasificación de los sujetos de la relación jurídica procesal<br/>157. Distinta posición del juez y de las partes en el proceso<br/><br/>Capítulo XIX: El juez<br/>158. El juez como sujeto principal de la relación jurídica procesal<br/>159. Clasificación de los poderes del juez<br/>160. Deberes del juez<br/>161. Garantías contra los abusos de los funcionarios judiciales. Observaciones generales<br/>162. Vigilancia del trabajo y sanciones disciplinarias a los funcionarios judiciales<br/>163. Responsabilidad penal y civil de los funcionarios judiciales<br/>164. Responsabilidad del Estado por la culpa o dolo de los funcionarios judiciales<br/>165. Etica del juez<br/><br/>Capítulo XX: Quiénes ejercen la función jurisdiccional y cuáles son sus atribuciones<br/>166. Distinción de los funcionarios de acuerdo con la jurisdicción que desempeñan<br/>167. Distribución de los funcionarios de la rama judicial<br/>1) En la rama ordinaria<br/>2) En las ramas especiales<br/>168. Conjueces<br/>169. Secretarios y subalternos<br/>170. Forma del trabajo en las oficinas judiciales<br/>171. Otros funcionarios judiciales<br/>172. Auxiliares de la justicia<br/><br/>Capítulo XXI: Las partes<br/>173. Generalidades previas<br/>174. Concepto procesal de parte<br/>175. Parte en sentido material y en sentido formal o procesal<br/>176. Demandante y demandado: las nociones de actor y de opositor<br/>177. La igualdad de las partes en el proceso. Principio de la contradicción o de la audiencia bilateral o de auditur et altera pars<br/>178. Distintas clases de partes y sus modificaciones durante el proceso<br/>179. La sucesión procesal<br/>a) Sucesión de una parte por sus herederos, en caso de muerte<br/>b) Sucesión de la parte que muere, por el legatario del derecho litigioso o del bien objeto del proceso<br/>c) Sucesión de una parte por el cesionario mediante acto entre vivos<br/>d) Sucesión de la persona jurídica extinguida por quienes reciben los derechos o asumen las obligaciones materia del proceso<br/>e) Sucesión de una parte cuando sus derechos sustanciales se extinguen<br/>180. Modificaciones de las partes por intervención de terceros<br/>a) Intervención de terceros sin afectar la posición procesal de las partes demandante y demandada<br/>b) Separación o retiro de una persona que viene actuando en el proceso<br/>c) Cesión del derecho litigioso por una parte a un tercero<br/>d) Cambio o supresión del representante o apoderado de una de las partes<br/>181. Pluralidad de las partes<br/>182. Noción de litisconsorcio<br/>183. Diversas clases de litisconsorcio<br/>184. Litisconsorcio necesario u obligatorio (inicial o sucesivo)<br/>185. Litisconsorcio facultativo o voluntario y sus varias clases: inicial y sucesivo, propio o impropio, activo y pasivo o mixto, simple y recíproco<br/>186. Efectos procesales del litisconsorcio en los procesos civiles, laborales y contencioso administrativos<br/>a) En cuanto a la sentencia<br/>b) n lo que atañe al procedimiento<br/>c) En cuanto a los efectos de los actos procesales de las partes<br/>d) En materia de recursos<br/>e) Respecto a los desistimientos, transacciones y allanamientos<br/>f) En cuanto a costas y expensas<br/>g) En punto o representación<br/>h) En el caso de ser improcedente el litisconsorcio<br/>i) En cuanto a condiciones para actuar válidamente en el proceso y a legitimación e interés en la causa<br/>187. El litisconsorcio en el proceso penal<br/>188. Responsabilidad de las partes por los daños causados con motivo de actuaciones judiciales<br/><br/>Capítulo XXII: Los terceros y su intervención<br/>189. La noción de tercero<br/>190. Terceros en sentido procesal y en sentido material o sustancial<br/>191. clasificación de los terceros en sentido procesal<br/>192. Terceristas o intervinientes ad excludendum, litisconsortes y coadyuvantes o intervinientes ad adiuvandum<br/>193. Examen de la legitimación en la causa y el interés sustancial de los interventores<br/>194. Diversas clases de intervenciones en el proceso<br/>195. Oportunidad para intervenciones<br/>196. La intervención por coadyuvancia o accesoria o ad adiuvandum<br/>a) Su verdadera naturaleza<br/>b) Presupuestos de la intervención por coadyuvancia<br/>c) Manera de solicitar la intervención<br/>d) Procedimiento a que da lugar la solicitud de intervención. Oposición de parte<br/>e) Término para oponerse a la coadyuvancia<br/>f) Efectos procesales de la intervención coadyuvante<br/>g) En qué procesos es procedente<br/>197. La coadyuvancia en el proceso penal<br/>198. Intervención forzosa por llamamiento al proceso<br/>199. Del llamamiento en garantía<br/>200. Denuncia del pleito o litis denuntiatio<br/>a) Quiénes pueden hacerlo y en qué momento procesal<br/>b) Denuncia per saltum<br/>c) A quién se denuncia el pleito<br/>d) Efectos procesales de la intervención del denunciado<br/>e) En qué procesos puede denunciarse el pleito<br/>201. Llamamiento ex officio a personas que puedan perjudicarse con la colusión o el fraude procesal<br/>202. Intervención por laudatio vel nominatio autoris<br/>203. Diferencia entre intervención y sucesión de partes<br/>204. Diferencia entre sucesión de partes y sustitución procesal<br/>205. Inaplicabilidad de las anteriores nociones al proceso penal<br/><br/>Capítulo XXIII: Capacidad, representación y postulación procesales de las partes e intervinientes<br/>206. Condiciones para actuar válida y eficazmente en el proceso<br/>207. Capacidad para ser parte en procesos<br/>208. Quiénes pueden ser partes en los procesos civiles, laborales y contencioso administrativos<br/>209. Quiénes pueden ser partes en el proceso penal<br/>210. Capacidad para comparecer al proceso por sí mismo o capacidad procesal denominada legitimatio ad processum<br/>211. Representación judicial. Incapaces y personas jurídicas del derecho privado o derecho público. Personas ausentes cuyo paradero se ignora. Curadores ad litem<br/>212. El derecho de postulación<br/>213. Consecuencia procesal de aceptar apoderados o actuación propia sin que se tenga la calidad de abogado<br/>214. Apoderados judiciales. Otorgamiento y extinción de poderes<br/>215. Prueba de la facultad de representar a otro<br/>216. Agencia oficiosa judicial<br/><br/>Capítulo XXIV: Derechos, facultades, deberes, cargas y responsabilidades de las partes en el proceso<br/>217. Derechos y facultades procesales de las partes<br/>218. Cargas procesales de las partes<br/>219. Deberes procesales de las partes<br/>220. Responsabilidades patrimoniales de las partes y sus apoderados por sus actuaciones en los procesos<br/><br/>Parte tercera: De los actos procesales: objeto, iniciación, desarrollo y terminación del proceso<br/><br/>Capítulo XXV: Teoría de los actos procesales<br/>221. Noción general<br/>222. La intención, la violencia, el dolo y el fraude en los actos procesales<br/>223. Requisitos del acto procesal<br/>224. Importancia y efectos de las formas procesales<br/>225. Clases de actos procesales<br/>226. El negocio jurídico procesal<br/>227. Nociones de acuerdo y de contrato procesales<br/><br/>Capítulo XXVI: Actos de introducción procesal: la demanda y su contestación. La querella y la denuncia penal<br/>228. Nociones de demanda, denuncia y querella<br/>229. Condiciones para demandar. Quién es demandante y quién demandado<br/>230. Requisitos generales de la demanda<br/>I) Requisitos de fondo<br/>II) Requisitos de forma<br/>231. El petitum de la demanda, acumulación de pretensiones, mal llamadas de acciones<br/>232. Diversas clases de acumulación de pretensiones<br/>233. Los fundamentos de hecho<br/>234. Los fundamentos de derecho<br/>235. Inadmisión y rechazo de la demanda<br/>236. Retiro, reforma y adición de la demanda<br/>237. Efectos de la demanda<br/>1) Efectos jurídico materiales o sustanciales<br/>2) Efectos jurídico procesales<br/>238. Admisión y traslado de la demanda<br/>239. La contestación de la demanda. La llamada litis contestatio<br/>240. La interpretación de la demanda<br/>241. La demanda de reconvención<br/>242. Eficacia o desestimación de la demanda. Sentencia favorable al demandante o al demandado<br/>243. Diferencia entre demanda en debida forma y demanda debidamente fundada<br/>244. La denuncia y la querella en el proceso penal<br/>245. La demanda de parte civil en el proceso penal<br/><br/>Capítulo XXVII: Actos de impulsión y trámite del proceso, de aseguramiento, probatorios y de alegación<br/>246. Qué se entiende por actos de impulsión y trámite del proceso<br/>247. La impulsión oficiosa del proceso por el juez y el secretario<br/>248. La carga de impulsión del proceso por las partes<br/>249. Actos procesales de aseguramiento<br/>250. Actos procesales probatorios<br/>251. Actos procesales de alegación<br/><br/>Capítulo XXVIII: Actos decisorios del juez: autos y sentencias<br/>252. Actos procesales del juez<br/>253. Actos decisorios del juez: autos y sentencias<br/>254. Naturaleza de la sentencia. Cuántas puede haber en el mismo proceso. Casos en que se presentan varias en una misma instancia<br/>255. Forma y contenido de las sentencias y providencias interlocutorias<br/>256. Ejecutoria de las providencias y sus efectos, su complementación y corrección<br/>257. Efectos de las sentencias ejecutoriadas y diferencia con los de la cosa juzgada<br/>258. Ejecución de las sentencias y otras resoluciones judiciales (nociones generales y referencia a los cursos especiales)<br/>259. Cumplimiento de sentencias extranjeras. Exequatur<br/>260. La sentencia extranjera como prueba en procesos ante jueces nacionales y valor de las motivaciones de cualquier sentencia para probar hechos en otro proceso<br/>261. El registro de las sentencias<br/><br/>Capítulo XXIX: La congruencia en las providencias del juez<br/>262. Qué se entiende por congruencia<br/>263. Delimitación de la congruencia respecto de las excepciones<br/>264. Delimitación de la congruencia respecto de las pretensiones o las imputaciones<br/><br/>Capítulo XXX: La cosa juzgada<br/>265. Importancia de esta institución<br/>266. Doctrinas sobre la naturaleza y fundamento de la cosa juzgada<br/>a) Teoría de la presunción de verdad. El derecho romano y el Código Napoleón<br/>b) Teoría de la ficción de verdad<br/>c) Teoría contractualista o cuasicontractualista<br/>d) Teoría materialista<br/>e) Doctrina alemana moderna o teoría procesalista<br/>f) La doctrina italiana moderna<br/>267. Sistematización de nuestro concepto sobre la cosa juzgada<br/>a) Cuál es el objeto especial de la cosa juzgada<br/>b) Alcance y efectos de la cosa juzgada<br/>c) Naturaleza y definición<br/>d) Cómo operan los efectos de la cosa juzgada<br/>e) La imperatividad u obligatoriedad y la ejecutabilidad de la sentencia no son efectos de la cosajuzgada<br/>f) No es técnico hablar de cosa juzgada formal y material<br/>g) Fundamento o razón jurídica de la cosa juzgada<br/>268. De los límites o contenciones de la cosa juzgada<br/>269. Límite objetivo de la cosa juzgada<br/>a) Primer aspecto del límite objetivo: identidad de causa petendi (eadem causa petendi)<br/>270. Límite subjetivo (identidad de partes)<br/>271. Excepciones al límite subjetivo en materia civil, comercial, laboral, contencioso administrativa, constitucional, penal y disciplinaria. Sentencias con valor erga omnes<br/>1) Sentencias sobre filiación legítima o extramatrimonial<br/>2) Sentencias en procesos promovidos por acción popular<br/>3) Procesos de declaración de pertenencia<br/>4) Casos en que en la práctica la sentencia tiene valor erga omnes<br/>5) Valor probatorio ante terceros de las sentencias sobre estado civil, con efectos relativos de cosa juzgada<br/>272. Eficacia ante terceros de la sentencia con valor relativo. Efectos reflejos de la sentencia y de la cosa juzgada<br/>273. Efectos externos de la sentencia y de la cosa juzgada<br/>274. Eficacia de la sentencia y de la cosa juzgada en el tiempo y en el espacio<br/>275. Excepciones a la inmutabilidad de la cosa juzgada en materia civil: recurso extraordinario de revisión y proceso de revisión. El proceso simulado o fraudulento<br/>276. Excepciones a la inmutabilidad de la cosa juzgada en el proceso penal<br/>I) En cuanto al cumplimiento total de la pena: la rehabilitación del condenado, la liberación condicional y la nueva ley favorable<br/>II) La amnistía y el indulto<br/>277. Sentencias que no producen cosa juzgada: revisables en proceso posterior, inhibitorias y de jurisdicción voluntaria. La sentencia nula<br/>a) La ley otorga revisión en un proceso separado posterior<br/>b) Sentencias inhibitorias<br/>c) Procesos de jurisdicción voluntaria<br/>d) El caso de la sentencia o del proceso nulos<br/>278. Los casos rebus sic stantibus<br/>279. La cosa juzgada no existe sobre las pretensiones de la demanda que no fueron resueltas en la sentencia<br/>280. En qué parte de la sentencia se encuentra la cosa juzgada. Valor de las motivaciones e interpretación. El caso de los hechos que se consideran probados en las motivaciones<br/>281. Para qué clase de resoluciones existe la cosa juzgada. No opera respecto de autos. Efectos de la ejecutoria de éstos<br/>282. Medios para hacer efectiva la eficacia de la cosa juzgada. Sentencia posterior que le sea contraria<br/>283. Casos en que la cosa juzgada civil, laboral y contencioso administrativa no impide una sentencia de fondo en el nuevo proceso, sino que delimita su contenido<br/>284. Modificaciones a la cosa juzgada por acuerdo entre las partes (transacción y novación) y extinción de sus efectos por el cumplimiento o pago o por prescripción<br/>285. La cosa juzgada en las sentencias extranjeras<br/><br/>Capítulo XXXI: La prejudicialidad. Influencia del proceso penal y del seguido ante otras jurisdicciones en el civil y viceversa<br/>286. La noción de prejudicialidad. Diversos significados<br/>287. Nuestro concepto sobre la noción procesal de prejudicialidad<br/>288. Prejudicialidad de competencia y de jurisdicción<br/>289. La regla el juez de la acción (mejor dicho, de la pretensión) es juez de la excepción<br/>290. Decisiones incidenter tantum<br/>291. a pretendida supremacía del proceso penal sobre el civil<br/>292. Interferencia de la cuestión penal en el proceso civil<br/>293. Suspensión del proceso civil, laboral o contencioso administrativo por investigación penal<br/>294. La cosa juzgada penal en el proceso civil<br/>295. Prejudicialidad civil o contencioso administrativa en otro proceso civil. Suspensión del proceso por otro proceso civil o contencioso administrativo<br/><br/>Capítulo XXXII: Actos de comunicación procesal y especialmente la notificación de las providencias del juez<br/>297. Qué se entiende por actos de comunicación procesal<br/>298. Las notificaciones<br/>299. Clases de notificaciones<br/>a) Personales<br/>b) Por conducta concluyente<br/>c) Por retiro del expediente<br/>d) Por aviso<br/>e) Por emplazamiento y con curador ad litem<br/>f) Por acto secretarial<br/>g) En estrados<br/>300. Consecuencias procesales de los defectos u omisiones en la notificación<br/>301. Comunicación procesal por oficios, boletas y despachos<br/>302. Sanciones por falso juramento para emplazar al demandado<br/><br/>Capítulo XXXIII: Recursos contra las providencias del juez<br/>303. Impugnación, recursos y revocabilidad. Diferencias con lanulidad<br/>304. El derecho de recurrir<br/>305. Quién puede recurrir. Interés para recurrir<br/>306. Oportunidad y preclusión del derecho a recurrir<br/>307. Otros requisitos para recurrir<br/>308. Naturaleza del acto del juez (sentencia o auto) sujeto a recursos<br/>309. Qué recursos consagran los códigos de procedimiento<br/>1) Contra los autos<br/>2) Contra las sentencias<br/>310. El recurso de reposición<br/>311. El recurso de apelación<br/>312. Consultas<br/>313. Recurso de súplica<br/>314. Recurso de casación<br/>315. Recurso de queja<br/>316. El recurso extraordinario de revisión<br/>317. Referencia a los cursos especiales respecto al trámite de los diversos recursos<br/><br/>Capítulo XXXIV: Modos excepcionales de ponerle término al proceso<br/>318. Cuáles son los modos extraordinarios o excepcionales de ponerle término al proceso<br/>319. El arbitramento<br/>320. La transacción o conciliación<br/>321. El desistimiento<br/>a) Desistimiento total e incondicional de la demanda<br/>b) Desistimiento parcial de la demanda<br/>c) fectos del desistimiento<br/>d) Cómo, cuándo y ante quién se puede desistir<br/>e) Nulidad del desistimiento<br/>f) El desistimiento en el proceso penal<br/>322. Renuncia de derechos procesales<br/>323. Terminación del proceso por pago completo<br/>324. Perención o caducidad del proceso o la instancia<br/>a) En la primera instancia del proceso<br/>b) En la segunda instancia y en el recurso de casación<br/>c) Durante el trámite de la apelación de un auto<br/>d) excepciones a la procedencia de la caducidad o perención<br/>e) Observaciones finales<br/>f) En los procesos e investigaciones penales<br/>325. Terminación por prosperar una excepción previa<br/><br/>Capítulo XXXV: Los vicios de los actos procesales y sus remedios: inexistencia, nulidad, anulabilidad y revocación<br/>326. Diversas clases de defectos de los actos procesales y sus remedios<br/>a) Errores de contenido y vicios de forma<br/>b) Vicios trascendentes e intrascendentes<br/>c) Simples irregularidades y motivos de anulación, nulidad e inexistencia<br/>d) Nulidades expresas e implícitas<br/>e) Nulidades saneables e insaneables<br/>f) Nulidades absolutas y relativas<br/>g) Nulidades totales y parciales<br/>h) Nulidades extensibles y no extensibles al trámite posterior del proceso<br/>327. Diversos grados de invalidez de los actos procesales<br/>a) Nulidad y anulabilidad<br/>b) Inexistencia<br/>c) Revocabilidad<br/>328. Aplicación de las anteriores nociones<br/>329. El caso de la sentencia definitiva, inexistente o nula<br/><br/>Indice alfabético de materias<br/> |